Becerra 9ago

Borrador de reglamento de la Ley 7/2023

  • Un curso para los nuevos titulares de perros/gatos; un seguro de RC o un test para dejar de ser PPP, novedades del texto remitido a las autonomías

 

Diez meses después de su entrada en vigor -a finales de septiembre- la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales tiene un primer borrador de reglamento. El texto fue entregado a las comunidades autónomas el pasado 17 de julio, cuyos responsables podrán proponer cambios hasta el 31 de agosto. Esta primera propuesta de RD quiere desarrollar 25 artículos de la referida ley y plantea, entre otras cuestiones: que el curso obligatorio sobre tenencia de animales sólo lo sea para los que adopten o compren un perro o un gato; además, sus titulares tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil (RC) por daños a terceros de una cuantía de 100.000 euros y los perros cuyas razas están reguladas como potencialmente peligrosas (PPP) podrán perder tal condición si el animal supera una prueba.

 

Hasta el momento, la aplicación de esta norma nacional -como lo describió gráficamente en una jornada en Valencia la consejera de la Organización Colegial Veterinaria (OCV) que ejerció de interlocutora a este respecto con el Gobierno, María Luisa Fernández- está “en el limbo por su falta de desarrollo”. El adelanto electoral del 23-J y la posterior investidura y conformación del nuevo Ejecutivo retrasó la aprobación de los nuevos reglamentos, que ya estaban redactados. El nuevo director general de Derechos de los Animales, José Ramón Becerra, decidió partir de cero y retomó los contactos, entre otros, con la OCV. Ahora Becerra avanza que el desarrollo de esta norma podría estar completado y en vigor para finales de este año. El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV), por su parte, remitirá sus observaciones a la OCV y esperará al trámite de información pública para las alegaciones.

 

Cambios en los PPP

Uno de los cambios que propone el borrador es el relacionado con la normativa de los PPP. El texto propone que “los perros denominados como tal dejen de serlo si superan una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los doce meses de edad”. 

 

Según el texto, “esta prueba será realizada por profesionales del comportamiento animal” y deberá quedar inscrito el resultado en el registro de identificación del perro. Aquellos que no la superen y sigan considerándose PP no podrán reproducirse. 

 

Formación y seguro

Por otro lado, se plantea que el plazo para el curso on-line y gratuito obligatorio para las personas que vayan a ser titulares de un perro -del que quedan exentos veterinarios y profesionales del comportamiento-, sea de 6 meses tras entrar en vigor el RD.

 

El borrador indica que “el tutor del animal tendrá que contratar y mantener en vigor un seguro de RC por daños a terceros de una cuantía mínima de 100.000 euros”. Puede perfectamente ser el seguro del hogar, si contempla esta cobertura. 

 

Veterinario y colonias felinas

También se incluye la regulación de las colonias felinas por parte de las entidades locales e indica que “deberá ser un veterinario quién apruebe un nuevo destino para colonias que deban ser reubicadas, debido al impacto negativo que puedan generar en la biodiversidad en un territorio específico”. 

 

Adiestradores, registros y cría

Una de las novedades es la regulación por vez primera de la actividad de los profesionales del comportamiento, es decir, personas o entidades encargadas del adiestramiento, la educación o la modificación de conducta de animales de compañía que, según el texto, se trata de “una actividad cada vez más en auge que sufre el intrusismo profesional de personas inexpertas”.

 

Plantea la creación de registros centralizados para criadores, núcleos zoológicos y entidades de protección, con la propuesta de que estas figuras sean gestionadas por cada autonomía. Con esta meta, “se crea el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, que coordinará la información de los autonómicos y asegurará su interoperabilidad para la elaboración de la Estadística de Protección Animal”. 

 

Además, propone que tan solo podrán criarse aquellos perros y gatos que hayan sido inscritos como “reproductores” en el momento de su identificación. También plantea “introducir las figuras de los criadores convencionales, especializados y puntuales”, para diferenciar esta actividad en función de la intensidad de la misma y del número de animales que se manejan.

 

- Ver 20minutos.es / 12-7-2024 

 

- Ver europapress.es / 28-7-2024