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EL CVCV RECLAMA A SANITAT CAMBIOS PARA QUE LOS VETERINARIOS PUEDAN ASPIRAR A PLAZAS PARA LAS QUE ESTÁN CUALIFICADOS

31 de julio de 2026

Pide incluir a los veterinarios de Salud Pública en los traslados al Cuerpo Superior Técnico de Salud Pública y reformar la RPT para optar a puestos de Vigilancia Epidemiológica

El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) ha remitido sendas cartas a la Conselleria de Sanitat instando a este departamento a realizar determinados cambios para lograr que los veterinarios puedan aspirar a algunas plazas de este departamento para las que, efectivamente, están cualificados. Modificaciones que permitirían, además, agilizar los procesos para cubrir satisfactoriamente determinados puestos en el área de Salud Pública.

En primera instancia, el organismo colegial denuncia que en los últimos tiempos se  “viene excluyendo de forma reiterada” a los veterinarios integrados en la Escala de Salud Pública (A1-S03-07) en los concursos de traslado para plazas del Cuerpo Superior Técnico de Salud Pública, Escala de Seguridad Alimentaria (A1-S03-03). En segunda, se reclama una modificación “técnica” de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) de esta conselleria para que los veterinarios puedan integrarse también en ciertos puestos de la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Generalitat, a los que ahora solo pueden acceder médicos de la Administración Sanitaria o de Salud Pública. De esta manera, según plantea el CVCV,  se facilitaría poder atender las vacantes estructurales hoy desiertas que alcanzan “de media entre el 40% y el 50% de la plantilla teórica”.

Marciano Gómez, conseller de Sanitat

Estos dos asuntos han sido abordados en cartas distintas, suscritas por la presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor y en ambos casos dirigidas al propio titular de la Conselleria de Sanitat, Marciano Gómez pero también a la directora general de Salud Pública, Begoña Comendador, así como a la directora general de Personal, María Amparo Pinazo.

Mismo cuerpo distinta escala

En la primera misiva se alude a la situación generada en los sucesivos concursos de traslados para la provisión de plazas del Cuerpo Superior Técnico de Salud Pública, Escala de Seguridad Alimentaria (A1-S03-03). Pese a que se exige para ambos puestos como titulación habilitante la Licenciatura o Grado en Veterinaria (además de poder ser la de Ciencia y Tecnología de los Alimentos o la de Farmacia), no se incluye en tales convocaterias a los veterinarios de Salud Pública (A1-S03-07).

En este sentido, la carta reitera que el hecho de pertenecer a una escala distinta dentro del mismo cuerpo no puede ser motivo para reiterarse en tal discriminación. Los distintos tipos de escalas son solo, según matiza la propia Ley de Función Pública Valenciana y se recuerda en el texto, una forma de responder a necesidades “organizativas internas”.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo -como recogen varias sentencias citadas- también refrenda que “excluir a funcionarios de un mismo cuerpo que cuentan con la titulación idónea por motivos organizativos puede afectar al derecho a la carrera profesional”. Motivos por los que el Alto Tribunal también desaconseja la creación de «compartimentos estancos» que limiten la movilidad de los funcionarios en materias transversales de salud pública.

Una veterinaria de Salud Pública durante una visita a un establecimiento alimentario

Más restricciones “a los de casa”

Paradójicamente, esta exclusión de los veterinarios de Salud Pública no se da cuando “se admite que un titulado en Veterinaria por el turno libre reúne la idoneidad y aptitud técnica para ingresar” en plazas con la referida categoría (la de seguridad alimentaria). “Entendemos que sería razonable no exigir mayores restricciones al personal de la propia casa que a los aspirantes de nuevo ingreso”, remarcan desde el CVCV. En este mismo sentido, se reiteran los numerosos precedentes en los que el propio departamento de Sanitat ha apostado -en momentos y por necesidades puntuales del servicio- por “integrar puestos ocupados por funcionarios de la escala de veterinarios en estructuras de Seguridad Alimentaria general, reconociendo así su idoneidad para estas funciones”.

A mayor ahondamiento, se arguye que entre sendas escalas existe incluso “un solapamiento de en torno al 70% de los temarios de oposición”. Efectivamente, entre las cuestiones que los aspirantes se deben preparar,  se comparten materias de Normativa General, Salud Pública, Epidemiología, Investigación de brotes, Gestión del Riesgo y el bloque de Seguridad Alimentaria Transversal. Es más, las funciones propias de estos funcionarios  -auditoría de sistemas APPCC, gestión de alertas y control oficial de industrias…- “coinciden en gran medida con las atribuciones legales de la profesión veterinaria recogidas en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS)”, se advierte.

Por todo lo cual,  el CVCV solicita revisar las bases reguladoras de los concursos de provisión de puestos de trabajo adscritos a la Escala de Seguridad Alimentaria, y en su caso la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), a fin de habilitar la clave de adscripción conjunta de ambas escalas (A1-S03-03 y A1-S03-07) y garantizar así “la participación de los veterinarios de Salud Pública en condiciones de igualdad”.

Durante la crisis del Covid los veterinarios de Salud Pública ya realizaron labores de seguimiento y rastreo del virus

Plazas desiertas y Covid-19

Más problemático resulta, como se describe en la segunda  carta, cubrir ciertas plazas en puestos de epidemiología pura en los que los veterinarios están igualmente cualificados y a los que, sin embargo, no pueden aspirar. El CVCV se refiere a la escala Al-S03-01 tanto en las estructuras de los Servicios Centrales de la conselleria como en la red periférica de los Centros de Salud Pública, en los que para determinados puestos se sufre el referido índice (del 40-50%) de vacantes estructurales desiertas. Concretamente, el ór­ga­no colegial plantea que los veterinarios de Salud Pública puedan ser habilitados también para ocupar las plazas dedicadas en exclusiva al análisis estadístico, rastreo poblacional, el diseño de programas y la gestión de bases de datos de enfermedades.

Una posibilidad que cuenta, según se recuerda, con un antecedente: durante la crisis del Covid-19, ante el desbordamiento de los servicios comunes, se permitió que estos funcionarios se aplicaran como rastreadores epidemiológicos. “Su intervención en la primera línea demostró una alta eficiencia en el seguimiento de contactos, el acotamiento de brotes complejos y el análisis de cadenas de transmisión mediante técnicas de trazabilidad poblacional”, recuerda el CVCV.

Sin embargo y pese a las dificultades constantes para cubrirlas en las sucesivas ofertas de empleo y en las convocatorias de traslado, todas las plazas de esta escala son solo accesibles para médicos de la Administración Sanitaria y de Salud Pública. “Esta falta de cobertura crónica aboca a la administración a una constante rotación de personal interino y a un debilitamiento operativo en la detección temprana y planificación de alertas, lo que hace indispensable aplicar soluciones de ordenación de recursos humanos que maximicen la eficiencia del capital técnico cualificado disponible en la propia administración”, se arguye.

Como solución administrativa para aliviar esta situación, el CVCV propone realizar una segregación funcional en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que subdivida y diferencie las plazas de la escala actual según la naturaleza real de sus competencias: unas para la labor estrictamente clínico-asistencial, de evaluación médica directa o inspección de actos clínicos individuales -que seguiría en manos de los médicos, según se describe hoy para la escala Al-S03-01- y otras dedicadas a la labor epidemiológica pura, estadística, rastreo de redes de información… a las que podrían adscribirse conjuntamente los veterinarios de salud pública (Al-S03-07) y los médicos (Al-S03-01).

Alternativa “académica, profesional y legal”

Según sostiene el CVCV esta alternativa sería viable “académica, profesional y legalmente”. Efectivamente, desde la perspectiva de formación universitaria, se argumenta que el currículo de Veterinaria “se orienta hacia la medicina de poblaciones, la sanidad ambiental, la bioestadística y el control de vectores comunitarios, disciplinas que constituyen el núcleo duro de la epidemiología general”. Además, entre ambas categorías profesionales – Al-S03-01 (epidemiología) y A1-S03-07 (veterinario de Salud Pública)- existe una coincidencia en los temarios para preparar la oposición “superior al 85% en los bloques metodológicos esenciales para la vigilancia de la salud”. Y en términos legales, el propio marco normativo europeo (Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales) “establece que las competencias de la veterinaria oficial abarcan de forma troncal el desarrollo de la epidemiología y la salud pública”. Una doble perspectiva que, además, viene reafirmada en el caso también de la Veterinaria por la propia Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).

Además y de forma paralela, las instituciones sanitarias comunitarias e internacionales recomiendan aplicar el principio estratégico One Health (Una Sola Salud), asumiendo que los mecanismos de contención biológica y rastreo demográfico son metodológicamente idénticos para el control de enfermedades transmisibles generales.

Sin coste

El CVCV plantea a la conselleria un texto concreto para modificar esta RPT y recuerda que “al tratarse de dos escalas ya integradas en el mismo Subgrupo Profesional (Al) y dotadas con niveles retributivos equivalentes, la medida se ejecutaría a coste cero y sin incremento de masa salarial”.