La Dirección General de Trabajo ha ordenado la inscripción y publicación en el Boletín Oficial del Estado del III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios, suscrito el pasado 22 de julio de 2026 entre la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE) y las organizaciones sindicales FSS-CC.OO., UGT Servicios Públicos y FETICO. El texto fue posteriormente subsanado el 31 de agosto de 2026, completando así el proceso de validación administrativa conforme al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.
El convenio regula las relaciones laborales en todas las empresas dedicadas a la asistencia sanitaria veterinaria, tanto en centros como fuera de ellos, incluyendo entidades sin ánimo de lucro y servicios prestados a administraciones públicas. Su aplicación es estatal y su vigencia abarca del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
El texto establece que, una vez denunciado, continuará vigente hasta la firma de un nuevo acuerdo, y fija una actualización salarial automática tras su expiración vinculada al IPC, con un límite del 2,5%.
Estructura profesional y organización del trabajo
El convenio define un sistema de clasificación profesional por grupos y niveles, distinguiendo entre personal sanitario (veterinarios, técnicos especialistas y auxiliares clínicos) y personal no sanitario (titulados superiores, administrativos, adiestradores, peluqueros, auxiliares administrativos, limpieza y servicios generales).
Entre las novedades más destacadas figura la regulación del personal veterinario supervisado, que deberá trabajar siempre bajo supervisión y no podrá superar el 25% de la plantilla veterinaria en centros con más de tres profesionales. Además, se fija un máximo de tres años de permanencia en esta categoría.
El convenio también concreta criterios de movilidad funcional, ascensos y promociones, así como la obligación de que cada centro disponga de un director técnico veterinario, que podrá ejercer en hasta cuatro centros de la misma empresa.
Las tablas salariales para 2026, 2027 y 2028 incluyen un incremento del 4% anual sobre todos los conceptos retributivos. Si el IPC supera ese porcentaje, las empresas deberán abonar un pago compensatorio de hasta el 1,25% del salario bruto anual.
El convenio mantiene dos gratificaciones extraordinarias —junio y diciembre— y regula complementos como el de puesto de trabajo, antigüedad consolidada y disponibilidad.
La resolución, firmada por la directora general de Trabajo, María Nieves González García, ordena la inscripción del convenio en el Registro de Convenios y su publicación íntegra en el BOE, dando así validez plena al marco laboral que regirá el sector veterinario durante los próximos tres años.