LEGISLACION CVCV

LA ACTIVIDAD DE REVISIÓN LEGISLATIVA DE LOS COLEGIOS Y EL CVCV

Pie de foto: María Lorenzo, secretaria técnica del CVCV

Junto a la acción de interlocución, la institucional, la deontológica o la formativa -por citar las más conocidas- convive otra actividad colegial quizá más discreta pero en la que los colegiados miembros de las diferentes comisiones participan activamente: la vinculada a la revisión de los textos normativos. En lo que llevamos de año -hasta el 15 de agosto más exactamente- los tres colegios de veterinarios valencianos -Icoval (Alicante), ICOVV (Valencia) y COVCS (Castellón)- y el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) han revisado hasta 10 textos normativos de los cuales han presentado alegaciones u observaciones a siete de ellos.

Se trata de regulaciones, legales o de naturaleza administrativa (las menos) que, de alguna manera, afectan al colectivo veterinario. Algunas emanan de anteproyectos de ley o reales  decretos procedentes de ministerios, otras son de ámbito autonómico (consellerías de Justicia, Agricultura o Sanitat). Cada colegio provincial revisa también, en su caso,  la actividad legislativa de las diputaciones provinciales y a veces, la municipal.

El personal técnico de los colegios se encarga de revisar con regularidad las webs de las administraciones para localizar las normativas colgadas que puedan ser de interés. Otras veces es el propio Consejo General de Colegios Veterinarios (CGCVE) -si son de ámbito nacional- el que las remite a los colegios o a los consejos autonómicos. Una vez localizados los textos, éstos se envían a las diferentes comisiones colegiales (Salud Pública, Agricultura, Bienestar, Clínicos...) para que realicen sus aportaciones. Tras ser recabadas las impresiones -si las hay- de los tres colegios, éstas se envían al personal del CVCV para que las unifique, coordine, redacte y las presente en tiempo y forma. Cuando la normativa es nacional, las observaciones o sugerencias de los consejos autonómicos de veterinarios se presentan individualmente durante el periodo de audiencia pública (con copia al CGCVE). Después, cuando el texto ha sido elevado por el Consejo de Ministros a proyecto de Ley o anteproyecto de RD y se ha abierto el periodo de consulta pública, es el CGCVE el que, tras tratar de aglutinar las diferentes sensibilidades de los consejos, presenta las alegaciones correspondientes.