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Control policial para restringir la circulación.

NUEVO ESTADO DE ALARMA Y MEDIDAS DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD

El Gobierno declaró el Estado de Alarma por la Covid-19 el 25 de octubre. A fecha 22 de octubre los datos reflejaban 349 casos por 100.000 habitantes, muy por encima de los 60 casos por 100.000 habitantes que marca el umbral de alto riesgo de acuerdo a los criterios del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades. La restricción de la circulación de personas, la limitación del tamaño de los grupos en lugares públicos y privados y la reducción de contactos entre personas no convivientes forman parte del conjunto de medidas sociales y de salud pública de la estrategia integral de la Organización Mundial de la Salud para combatir la transmisión del coronavirus.

  • Acudir al veterinario por motivos de urgencia. Esta excepción se une a otras más generales, como la adquisición de medicamentos o bienes de primera necesidad, la asistencia a centros y establecimientos sanitarios o “causas de fuerza mayor”.
  • El decreto no incluye entre sus excepciones la alimentación y cuidado de animales. Algo que se corrigió en el primer estado de alarma con una posterior instrucción del Ministerio de Sanidad.
  • Los detalles de las propuestas quedan a disposición de las comunidades, por lo que habrá variaciones entre regiones. Un ejemplo es pasear al perro durante esas horas de circulación restringida.
  • Nuevas medidas adoptadas en Morella, Nules, Onda y Vinaròs: ver aquí.